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La Corte Suprema ordenó suspender las elecciones en Tucumán y San Juan

La Corte Suprema ordenó suspender las elecciones en San Juan y Tucumán, con apenas cinco días para su realización. Lo hicieron a partir de la presentación de cautelares por la oposición en esas provincias, y pidió informes que deberán ser respondidos en un plazo de cinco días. En el dictamen, la Corte citó fallos similares que frenaron las reelecciones en Santiago del Estero, en 2013; y en Río Negro, en 2019.

 La decisión fue tomada, en ambos casos, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, ante la ausencia del cuarto y enemistado supremo Ricardo Lorenzetti.

Las presentaciones judiciales fueron hechas por el intendente de San Miguel de Tucumán y candidato a vicegobernador de Juntos por el Cambio, Germán Alfaro; y por el empresario y candidato liberal a gobernador de San Juan, Sergio Vallejos; con objetivos similares: pedir la anulación de las fórmulas del oficialismo integradas por los actuales gobernadores de Tucumán, Juan Manzur; y de San Juan, Sergio Uñac.

En el caso de Manzur, va como candidato a vicegobernador en la fórmula encabezada por su ahora vice, Osvaldo Jaldo. Según el pedido de inconstitucionalidad solicitado por Alfaro, el artículo 90 de la Constitución de Tucumán le impide al exjefe de Gabinete presentarse como vice, ya que se trataría de su quinta elección consecutiva como candidato dentro de un binomio.

El caso presentado por el candidato sanjuanino Vallejos se basa en el artículo 175 de la Constitución de San Juan y solicita la inhabilitación para Uñac, ya que la carta magna provincial indica que “el Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”, cuando Uñac fue elegido vicegobernador para el período 2011-2015, luego gobernador para el período 2015-2019 y nuevamente gobernador para el período 2019-2023.

Tanto la candidatura de Manzur como vicegobernador como la de Uñac para un tercer mandato habían sido avaladas por los organismos provinciales. En el caso de Manzur, el exjefe de Gabinete había presentado un amparo ante la Corte Suprema de Tucumán para conseguir la habilitación como candidato a vicegobernador. A fines de noviembre, en fallo dividido, el máximo tribunal provincial lo habilitó interpretando que el artículo 90 no resultaba un impedimento para volver a presentarse como candidato a vice.

En el caso de Uñac el aval había sido otorgado por el Tribunal Electoral provincial, pero el dictamen de la Corte se anima a poner en tensión la validez de la carta magna de San Juan respecto del artículo 5 de la Constitución Nacional, al sostener que “si el artículo 175 de la Constitución sanjuanina permitiese una nueva candidatura del gobernador Uñac podría resultar de problemática consonancia con la pauta republicana señalada”.