El miércoles 15 de abril, el Concejo Deliberante de Berisso aprobó por unanimidad una Ordenanza en la que el Municipio de Berisso adhirió a la Ley Nacional N° 27.671 “Cuestión de las Islas Malvinas”, en la que se establece la capacitación obligatoria, periódica y permanente.
En su articulado la norma que fue impulsada por el edil Cristian Medina, se establece la capacitación obligatoria en la Cuestión Islas Malvinas, Islas del Atlántico Sur y el Sector Antártico Argentino para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria.
Dicha obligatoriedad deberá efectuarse a todos los agentes que ya son parte de esta Comuna o a partir del ingreso de los nuevos agentes, por cargo electivo, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, en todas las dependencias del Estado Municipal.
En este caso la Dirección Municipal de Derechos Humanos, en articulación con El Centro El Veterano Ex Combatiente Islas Malvinas (CEVECIM), será la Autoridad de Aplicación la que tendrá entre sus funciones: Diseñar las directrices y los lineamientos de los contenidos curriculares de la capacitación en la temática abordada, determinar los términos, modos y formas de implementación de las mismas en cada ámbito.
Por último, la norma estable la colocación en Centros de Desarrollo Infantil, Guarderías y espacios educativos municipales la señalética correspondiente que marca la distancia que existe, en kilómetros, entre Puerto Argentino, capital de las Islas Malvinas, y cada una de las instituciones.