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Nuevo giro de la justicia para la confección y aprobación del “Plan de Manejo Ambiental” de las Islas Santiago y Paulino

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Frente al reclamo judicial que inició la ONG Nuevo Ambiente, el Juzgado Contencioso Administrativo 2 de La Plata en las últimas horas condenó a los municipios de Ensenada y Berisso, además de la Provincia, a instrumentar en 60 días la confección y aprobación del “Plan de Manejo Ambiental” de las Islas Santiago y Paulino. 

Cabe señalar que las Islas Santiago (Ensenada) y Paulino (Berisso) son áreas que se encuentran declaradas “Paisaje Protegido de Interés Provincial para el desarrollo eco turístico“ mediante la Ley Provincial 12756 , y al encontrarse estas 2 Islas administradas por los 2 municipios, la propia Ley establece que  “Los municipios de Berisso y Ensenada quienes comparten jurisdiccionalmente el ambiente; celebrarán acuerdos para establecer formas coordinadas de gestión para el manejo conservacionista de dicha área protegida”. A su vez estas áreas poseen niveles de protección mediante la Ley de Bosques Nativos y Ordenanzas municipales de Ensenada declarando a la Isla Santiago Area Natural Protegida.

La creación del área protegida tuvo como fundamento principal la preservación de la selva y monte ribereño poniendo un límite a la sustitución y desmonte producidos por la urbanización, y dada la importante biodiversidad que posee, estando en peligro esta área tan importante y significativa por el desmanejo y avance de construcciones sin ningún tipo de criterio, ni respeto al ambiente natural y sin estudios ambientales serios sobre la capacidad de ocupación o carga que puede soportar las Islas y sus posibles impactos negativos hacia el ambiente y la calidad de vida.

Cabe recordar que en  junio del 2024 la justicia había dictado la medida cautelar al respecto, como consecuencia a dicha presentación y basada en distintos incumplimientos, como movimientos de suelo conllevando la perdida de humedales costeros ubicados en sector del Río de la Plata y las márgenes del canal conocido como “la canaleta”, donde ya a principio del 2024 se rellenó con residuos de losas de hormigón armado en una gran extensión violando legislaciones de protección ambiental nacional y provincial vigentes, degradando los humedales del frente costero de la Isla Santiago y provocando pérdidas irreversibles en lo ambiental, sumado a los sospechosos incendios provocados durante el segundo semestre del 2024 en zonas de la Isla Santiago.

Hoy el fallo dictaminado por el juzgado a cargo de la Dra. MARTINEZ, María Ventura establece en el art. 1 de su parte resolutiva lo siguiente:  “Hacer lugar a la demanda articulada y ordenar a la Municipalidad de Berisso, a la Municipalidad de Ensenada y a la Provincia de Buenos Aires a que en el plazo de 60 (sesenta) días desde su firmeza, instrumenten los mecanismos adecuados a fin de confeccionar y aprobar un Plan de Manejo de dicha área, el cual deberá cumplir, como mínimo, los requisitos establecidos en el art. 9 de decreto reglamentario n° 2314, a los fines de su protección y conservación y la armonización de las actividades desarrolladas por el hombre en el lugar para que, posteriormente, se proceda a verificar su cumplimiento (arts. 5, 9 y concs. de la ley 12.704; 5.3, 9 y concs. del DR 2.314/11; 28 y concs. de la Constitución Provincia de Buenos Aires, ley 11.723; ley 25.675; 41 y concs. de la Const. Nac.).”

“Sin lugar a dudas este fallo es un importante logro no solo de nuestra ONG, sino también de la comunidad, es destacado para seguir defendiendo los Derechos y la preservación de nuestro ambiente en general ante las omisiones de las intendencias. También consideramos que  los gobiernos municipales deben tomar conciencia en respetar las legislaciones ambientales vigentes y arbitrar las medidas pertinentes para evitar la degradación, debiendo ser custodios de estos espacios de importancia no sólo biológica, sino también de importancia histórica y representativa para los vecinos de la Región capital”, fundamentaron desde la ONG.